Mediante el RDL 1/2025 se recuperan algunas medidas no convalidadas
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SuscribirmeComo comentamos en nuestro Post | El Congreso no convalida los RDL 9/2024 y 10/2024, el Pleno del Congreso de los Diputados no convalidó el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social (RDL 9/2024) ni el Real Decreto-Ley 10/2024, de 23 de diciembre, para el establecimiento de un gravamen temporal energético durante el año 2025 (RDL 10/2024), publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 24 de diciembre de 2024. Con motivo de ello las medidas mercantiles, laborales, fiscales e inmobiliarias aprobadas inicialmente por estos dos RDL quedaron derogadas.
Posteriormente, el Gobierno aprobó el pasado martes, 28 de enero, un nuevo Real Decreto-ley que recupera alguna de las medidas no convalidadas; en concreto, se trata del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad (RDL 1/2025). Se exceptúan las medidas fiscales.
A modo de síntesis, señalamos a continuación cómo han quedado algunas de las principales medidas que afectan a las empresas.
En materia mercantil
- Régimen societario excepcional por pérdidas graves. El RDL 1/2025 establece una medida excepcional para evitar que las sociedades anónimas y limitadas afectadas por pérdidas derivadas de la DANA incurran en disolución obligatoria por este motivo, reiterando la medida prevista en el RDL 9/2024. Sin embargo, no recupera la extensión del régimen extraordinario aprobado durante la pandemia (la llamada "moratoria societaria"). Para más detalle, véase nuestro Post | De nuevo sobre la disolución por pérdidas.
- Régimen transitorio de inversiones extranjeras directas para la UE / EFTA. Vuelve a extenderse hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen transitorio para determinadas inversiones extranjeras realizadas por residentes de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio. Para más información sobre el régimen de inversiones extranjeras directas, puede consultarse nuestro documento de cuestiones clave Legal Flash | Inversiones exteriores en España: cuestiones clave.
En materia laboral
- Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2025. El RDL 1/2025 no incluye la prórroga del SMI de 2024 pero, a pesar de ello, seguirá vigente según Criterio Interpretativo 1/2025 de la Dirección General de Trabajo, hasta que se apruebe el SMI para 2025. Sobre este el Gobierno ya ha anunciado un acuerdo con los sindicatos y su próxima aprobación.
- Actualización de las bases de cotización a la Seguridad Social. Las bases mínimas se incrementarán automáticamente en el mismo porcentaje que el SMI, más un sexto adicional, tal y como ya prevé el artículo 19.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Las bases máximas se fijarán aplicando un incremento del 2,8% (correspondiente a la revalorización de pensiones aprobada), más un 1,2% adicional, según la normativa vigente, conforme al artículo 19.3 de la LGSS.
- Cotización adicional del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y de Solidaridad: Según está ya programado en las Disposiciones Transitorias 42ª y 43ª de la LGSS, se procederá a aplicar esta cotización adicional.
- Compromiso de mantenimiento del empleo: Las exenciones en la cotización aplicables durante un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) siguen condicionadas a una obligación de mantenimiento del empleo pero que no durará seis meses, como hasta ahora, sino que se extenderá entre un mínimo de seis meses y un máximo de dos años tras la finalización del ERTE.
- Limitación al despido: Con el RDL 1/2025, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025, para las empresas que se beneficien de apoyo público y se acojan a medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania, la prohibición de utilizar el aumento de los costes energéticos como causa objetiva de despido. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.
En materia fiscal
Como se ha comentado no se han vuelto a aprobar mediante el RDL 1/2025 las medidas fiscales que recogían los RDL 9/2024 y 10/2024, relativas a:
- Coeficientes para determinar la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocida como "plusvalía municipal") por el método de estimación objetiva para 2025, que fueron aprobados por el RDL 9/2024.
- Nuevo Impuesto sobre cigarrillos electrónicos. Con el RDL 9/2024 se pospuso la entrada en vigor (a 1 de abril de 2025) de este nuevo impuesto creado recientemente por la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias. Queda, por tanto, derogada esta prórroga en su entrada en vigor. Para más información sobre este impuesto puede consultar nuestro Post | Nuevo impuesto a los cigarrillos electrónicos.
- Medidas aprobadas en relación con el IVA y los hidrocarburos. Mediante el RDL 9/2024 se redujo el umbral (de 1.000 a 550 millones de litros de carburante extraído durante el año natural) para tener la consideración de extractores confiables. Los extractores confiables —figura recientemente aprobada por la Ley 7/2024— no tendrán que prestar una garantía (del 110 % de la cuota del IVA) en relación con el ingreso de dicho impuesto que se genere con la salida del producto del depósito fiscal. Con la no convalidación del RDL 9/2024, la reducción del umbral queda sin efectos. Para más información, puede consultar nuestro Post | Modificaciones en el IVA e impuestos especiales en relación con los hidrocarburos.
- Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Han quedado derogadas las modificaciones aprobadas por el RDL 9/2024 en relación con este impuesto creado por la Ley 7/2024. Dichas modificaciones afectan al periodo impositivo, devengo o nuevo concepto de cuota íntegra ajustada.
- Gravamen temporal a empresas energéticas en 2025. Este gravamen temporal se aprobó por el RDL 10/2024, que tampoco ha sido convalidado.
- Libertad de amortización en el Impuesto sobre Sociedades en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables. Con el RDL 9/2024 se extendió su vigencia al ejercicio 2025, por lo que con la no convalidación queda derogada esta extensión.
- Deducción por obras de mejora de eficiencia energética de vivienda y deducción por la adquisición de vehículos enchufables en el IRPF. Con el RDL 9/2024 se extendieron estas medidas fiscales al ejercicio 2025, con lo que deben entenderse no extendidas.
En materia inmobiliaria
- Prórroga de la suspensión de los procedimientos de desahucio y de lanzamiento para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. El RDL 9/2024 había prorrogado hasta 31 de diciembre de 2025 la suspensión de desahucio y de lanzamiento introducida por el RDL 11/2020. Dicha prórroga, que había sido derogada por la no convalidación del RDL 9/2024, ha sido reintroducida de nuevo por el RDL 1/2025. Para más información, puede consultar nuestro Post | Aprobada (de nuevo) la prórroga de la suspensión de desahucios.
- Línea de avales por cuenta del Estado para la cobertura por impago del alquiler de la vivienda. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana establecerá una línea de avales que garantizará: (i) el pago de las rentas impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión; (ii) los daños causados en la finca; y (iii) los suministros debidos. La obtención de los avales estará sujeta al cumplimiento de determinados requisitos, como, por ejemplo, que el arrendatario sea una persona vulnerable o un menor de 35 años y que la renta no supere el índice estatal de referencia. Conviene resaltar que esta medida no estaba recogida en el RDL 9/2024 y está pendiente de desarrollo reglamentario.
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