Se extiende el plazo de implementación de la Ley de plásticos de un solo uso

2024-10-08T19:38:00
Chile
Nuevo plazo para la dictación del reglamento de la Ley N°21.368 sobre plásticos de un solo uso 
Se extiende el plazo de implementación de la Ley de plásticos de un solo uso
8 de octubre de 2024
El lunes 12 de agosto se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.691, que modifica la Ley N° 21.368, la cual regula la entrega de plásticos de un solo uso y botellas plásticas (la “Ley”). Por su lado, la Ley, publicada el 13 de agosto de 2021, estableció una serie de prohibiciones y limitaciones para la entrega de productos de plástico de un solo uso, como bombillas, revolvedores y cubiertos, así como para la composición y comercialización de botellas plásticas desechables y retornables. 

La enmienda amplía en 18 meses los plazos de entrada en vigencia de las obligaciones relativas a la entrega de productos de un solo uso para el consumo dentro y fuera de los establecimientos y organismos públicos. El plazo original era de tres años desde la publicación de la Ley, y se amplió a 54 meses, esto es, hasta el 13 febrero de 2026. Por el mismo plazo se extiende la obligación de los supermercados de ofrecer al menos un 30% de botellas en formato retornable. 

Asimismo, se extiende el plazo para que el Ministerio del Medio Ambiente dicte el reglamento que establezca los requisitos y procedimientos para la certificación de los plásticos de un solo uso. El plazo original era de 18 meses desde la publicación de la Ley, y se amplió a 40 meses, esto es, hasta el 13 de diciembre de 2024. 

La principal causa de esta demora se debe al retraso en la dictación del reglamento requerido por la misma Ley su implementación. Dicho reglamento debe establecer los requisitos y procedimientos para la certificación de los plásticos y el porcentaje de plástico reciclado en las botellas desechables. Originalmente, este reglamento debía estar redactado a más tardar el 13 de febrero de 2023, pero a la fecha no se ha publicado, generando incertidumbre jurídica para los actores involucrados en la implementación de la Ley. 

Esta medida permitirá que los establecimientos de expendio de alimentos, especialmente aquellos de menor tamaño y capacidad, puedan adaptarse a las nuevas exigencias ambientales, evitando así impactos negativos en el empleo y la economía nacional. El reglamento fue discutido a fines de agosto en el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático y se espera que esté listo a finales de año. Además, el retraso no modifica las obligaciones legales vigentes desde el 13 de febrero de 2022, como la prohibición de entregar contenedores de plumavit, entre otros.

8 de octubre de 2024