Legal Flash El TJUE confirma la adecuación del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica al Derecho comunitario

2021-03-03T12:40:00
España

Sentencia del TJUE que declara que el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica no infringe el Derecho comunitario.

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3 de marzo de 2021

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado la sentencia de 3 de marzo de 2021 (asunto C-220/19) en la que declara que el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica no infringe el Derecho comunitario.

Aspectos clave:

> El Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) no tiene la naturaleza de impuesto indirecto y, por tanto, no es susceptible de infringir la Directiva 2008/118/CE de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales, en la que se permite a los Estados miembros, bajo el cumplimiento de determinadas condiciones, establecer gravámenes indirectos sobre los productos ya gravados por un impuesto armonizado como es la electricidad.

> El hecho de que el IVPEE grave la producción de energía eléctrica procedente de energías renovables y pueda tener una finalidad recaudatoria no determina una infracción de la Directiva 2009/28/CE, de 23 de abril de 2009 que persigue fomentar la producción de electricidad procedente de fuentes de energía renovables.

> El hecho de que el IVPEE no se aplique a los productores de electricidad situados en otros Estados miembros que incorporen la electricidad al sistema eléctrico español no constituye una ayuda de estado contraria al mercado interior de la energía eléctrica y tampoco infringe el principio de no discriminación en el acceso a la red.

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3 de marzo de 2021