Anulación parcial del régimen de responsabilidad patrimonial

2022-06-29T09:32:00
España
Según el TJUE la responsabilidad patrimonial del legislador por normas contrarias al Derecho de la UE se opone al principio de efectividad
Anulación parcial del régimen de responsabilidad patrimonial
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29 de junio de 2022

Se ha publicado la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 28 de junio de 2022, recaída en el asunto C-278/20, en la que el TJUE ha declarado parcialmente contrario al Derecho de la Unión Europea el régimen español de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por contravenir el principio comunitario de efectividad.

El TJUE concluye que el régimen de responsabilidad patrimonial se opone al principio de efectividad porque la reparación del daño causado a los particulares se supedita al cumplimiento de los siguientes requisitos: (i) que la norma legal aplicada haya sido declarada contraria al Derecho de la Unión Europea por una sentencia del TJUE; (ii) que el particular haya obtenido una sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que causó el daño; (iii) que la exigencia de responsabilidad patrimonial se produzca dentro del año siguiente a la publicación de la sentencia del TJUE que declara la contravención del Derecho de la UE y (iv) que solo sean indemnizables los daños producidos en los cinco años anteriores a la fecha de dicha publicación.

La STJUE provocará una modificación del régimen español de responsabilidad patrimonial y abre la puerta para reclamaciones de los contribuyentes.


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29 de junio de 2022