Cambios en desembolsos de créditos internos en cuentas de compensación

2024-09-25T20:59:00
Colombia
BanRep modifica postura sobre desembolsos de créditos entre residentes vía cuentas de compensación
Cambios en desembolsos de créditos internos en cuentas de compensación
25 de septiembre de 2024
El Banco de la República ha emitido un nuevo concepto que marca un cambio significativo en su interpretación en relación con el uso de las cuentas de compensación para el desembolso de créditos internos entre residentes colombianos denominados en moneda legal. Según dicho concepto, es posible realizar el desembolso en divisas de créditos otorgados entre residentes y denominados en moneda legal a través de cuentas de compensación. Esta medida se aplica siempre y cuando ninguna de las partes involucradas sea un intermediario del mercado cambiario o una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Anteriormente, el Banco de la República había señalado que los intermediarios del mercado cambiario y los no residentes eran los únicos autorizados para realizar el desembolso de operaciones de crédito en moneda extranjera.

Este cambio interpretativo se basa en el artículo 37 de la Resolución Externa 1 de 2018, el cual establece que los residentes pueden girar y recibir divisas para cumplir con obligaciones derivadas de operaciones internas, tales como los créditos celebrados entre residentes colombianos. En este caso, tanto el desembolso como el pago de estas operaciones deben ser informados al Banco de la República mediante el Informe de Movimientos de Cuenta de Compensación, utilizando los numerales cambiarios correspondientes. Esta actualización facilita la flexibilidad y eficiencia en las transacciones financieras internas, promoviendo un entorno más dinámico para los negocios locales.
25 de septiembre de 2024