Ilegalidad de la aplicación del levantamiento corporativo sin previo emplazamiento

2024-01-15T17:12:00
Chile
Corte Suprema declaró que embargo realizado a empresa bajo la institución del levantamiento del velo corporativo decretado en sede arbitral era ilegal
Ilegalidad de la aplicación del levantamiento corporativo sin previo emplazamiento
15 de enero de 2024
El 5 de enero de 2024, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones por medio de la cual se rechazó el recurso de protección interpuesto por Global Beauty (la “Empresa”) que alegaba la ilegalidad de la ampliación de un embargo decretado en su contra en sede arbitral, en cumplimiento de un laudo dictado en un procedimiento en que la Empresa no formaba parte. 

El embargo en cuestión se decretó en contra de la Empresa de conformidad a la aplicación de la teoría del levantamiento del velo corporativo. La Empresa argumentó que la decisión del árbitro de ampliar el embargo a bienes de su propiedad concernía materias de fondo relativas a inoponibilidad de divisiones societarias y levantamiento del velo corporativo. En este sentido, la Empresa alegó que no habría sido notificada de la medida, y que por ende, no habría tenido oportunidad de defenderse. 

La Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección argumentando que dicho recurso no era el medio procesal idóneo para pronunciarse sobre el mérito y pertinencia de la resolución de un árbitro ni otras resoluciones judiciales. Sin embargo, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación interpuesto contra esta decisión y decretó ilegal el embargo, por cuanto el razonamiento del árbitro para conceder la ampliación del embargo se habría fundado en una materia de fondo, que sería la procedencia del levantamiento del velo corporativo en beneficio del requirente, por lo que se requería el emplazamiento de la empresa afectada. 

En conclusión, la Corte Suprema acogió la acción de protección como vía para impugnar una resolución arbitral, y se pronunció sobre la obligación de notificar a las empresas que se verán afectadas patrimonialmente por la aplicación de la teoría del levantamiento del velo corporativo. 

15 de enero de 2024