Caso CIADI No. ARB/13/36: Eiser Infrastructure Limited y Energía Solar Luxembourg vs. Reino de España
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SuscribirmeSe aborda desde diferentes perspectivas el contexto de la relación árbitro-perito y sus posibles repercusiones prácticas en la garantía y respeto de la integridad del procedimiento arbitral. Preguntas como cuál es el estándar aplicable para valorar si la relación árbitro-perito constituye un indicio de manifiesta parcialidad o dependencia, cuál es el deber de revelación del árbitro (y del perito) frente a la relación árbitro-perito, o cuál es el deber de diligencia de las partes ante la existencia de una relación árbitro-perito, se prestarán al debate durante los próximos años en el seno de futuros procesos de recusación de árbitros y peritos, comités de anulación del CIADI, así como de los tribunales de la sede que conozcan de la acción de anulación.
Si bien consideramos que las conclusiones de la Decisión son difícilmente generalizables a cualquier relación árbitro-perito que se presente en la práctica, es indudable que se trata de un precedente relevante a tener en cuenta por todos los agentes del arbitraje (partes, abogados, peritos, árbitros e instituciones arbitrales) en relación con el deber de transparencia en el procedimiento arbitral.
Ver el capítulo completo en: Anuario de Arbitraje 2021. Editorial Civitas, 1ª Edición.
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