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SuscribirmeEn los últimos años la sociedad ha experimentado un notable avance de las nuevas tecnologías, resultando objetivable el uso prácticamente generalizado de las mismas por una gran parte de la población. Esta nueva realidad ha traído consigo la aparición de nuevas conductas delictivas y, a su través, la introducción en nuestro Código Penal de novedosas figuras delictivas, o de nuevas modalidades de las ya existentes.
Así las cosas, el legislador ha venido incorporando importantes modificaciones en las reformas operadas en el Código Penal mediante la LO 15/2003, de 25 de noviembre, la LO 5/2010, de 22 de junio, y la LO 1/2015, de 30 de marzo, germinando así una nueva categoría de "ciberdelitos" o "delitos informáticos", tales como el phishing, spear phishing, el smishing, el pharming, el vishing el whaling o timo del CEO, el hacking o el cracking, entre otros.
Ver el capítulo completo en: Investigación y proceso penal en el siglo XXI: nuevas tecnologías y protección de datos. Thomson Reuters Aranzadi : Fundación Manuel Serra Domínguez, 2021.
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