Un lenguaje común en el Derecho de contratos

2024-05-07T11:26:00
España
La contratación en transacciones corporativas negociadas entre empresas
Un lenguaje común en el Derecho de contratos
7 de mayo de 2024
En las páginas que siguen, me refiero a la existencia de un lenguaje común a nivel internacional en el Derecho de contratos, un verdadero koiné que unifica y se impone a las variedades terminológicas y conceptuales procedentes de las distintas culturas jurídicas. Este lenguaje común, expresado en idioma inglés, está muy influenciado por la concepción anglosajona del Derecho de contratos e incluso por su característica metodología contractual, de tipo analítico.

Alguna de las ideas que expondré son en cierta medida aplicables a la contratación con consumidores, pero me limito a tratar la contratación en transacciones corporativas negociadas entre empresas. Por ejemplo y principalmente, operaciones de adquisición de empresas. 

La razón por la que resulta conveniente referirse principalmente a las operaciones de M&A es que existe un mercado económicamente muy relevante de este tipo de transacciones, quizá el más importante para las firmas de asesoramiento legal en términos de honorarios. No se trata, por lo tanto, de una contratación excepcional o de importancia menor de la que no puedan deducirse conclusiones suficientemente generales y útiles. 

Ver el capítulo completo en: El derecho a entender el Derecho. Alcance y límites del lenguaje jurídico. Tirant lo Blanch, 2024. 
7 de mayo de 2024