El registro del plan de igualdad sin negociar con sindicatos ante su falta de respuesta

2024-06-01T16:14:00
España
Sentencia núm. 907 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 17 de octubre de 2023
El registro del plan de igualdad sin negociar con sindicatos ante su falta de respuesta
1 de junio de 2024
La Sentencia n.º 907 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 1.ª) de 17 de octubre de 2023 acuerda la inscripción en el registro de convenios colectivos y planes de igualdad (REGCON) del plan de igualdad que no ha sido negociado con los sindicatos, dada la falta de respuesta de estos últimos.

Se trata de una cuestión de máxima actualidad dado que las empresas que carecen de representación legal de las personas trabajadoras en uno o varios centros de trabajo están obligadas a negociar el plan de igualdad con los sindicatos más representativos y los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación. Sin embargo, la realidad es que los sindicatos —dada su falta de disponibilidad— en muchas ocasiones no contestan a la convocatoria de la empresa para formar parte de la comisión negociadora o, incluso, la rechazan. Ello sitúa a las empresas ante una imposibilidad de negociar y, por tanto, posteriormente registrar, su plan de igualdad, lo que es una obligación legal.

Ver el capítulo completo en: 2024 Práctica Laboral para abogados, Editorial LA LEY, junio 2024. 


1 de junio de 2024