Novedades del XXI Convenio General de la Industria Química

2025-02-24T15:56:00
España
El Convenio Colectivo regula por primera vez obligaciones en materia de inteligencia artificial, medidas LGTBI y el impacto del cambio climático
Novedades del XXI Convenio General de la Industria Química
24 de febrero de 2025

El XXI Convenio General de la Industria Química, suscrito inicialmente por la Patronal FEIQUE y el sindicato CCOO, y al que finalmente se ha adherido el sindicato UGT en febrero de 2025, introduce importantes modificaciones que afectarán a las empresas del sector. El nuevo texto se publicó en el BOE del 17 de febrero de 2025 y sus efectos se retrotraen a 1 de enero de 2024.

A continuación, destacamos algunos de los cambios más relevantes que deben conocer las empresas para asegurar el cumplimiento normativo y optimizar la gestión laboral.

Ámbito temporal

La duración del nuevo convenio se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, eliminando la necesidad de denuncia expresa y estableciendo una denuncia automática al finalizar su vigencia.

Incrementos salariales y salario mínimo garantizado

El salario mínimo garantizado anual para 2024 se establece, con efectos retroactivos, en 19.145,50 € brutos, con incrementos del 3% para 2025 y 2026. Los importes de los salarios mínimos garantizados en cada grupo profesional se actualizan en un 14% respecto a 2023, como consecuencia del impacto de la inflación acumulada de los años anteriores.

Jornada de trabajo

La jornada laboral máxima anual será de 1.752 horas de trabajo efectivo en los años 2024 y 2025, y de 1.744 horas de trabajo efectivo desde el 1 de enero de 2026. Tales cifras en cómputo anual se situarían, en principio, por encima de una eventual futura jornada laboral máxima de 38,5 o 37,5 horas semanales, que corresponderían a 1.765,5 y 1.719,6 horas anuales, respectivamente. Es por ello que se ha previsto que, si se produjera alguna modificación legislativa que suponga una jornada efectiva inferior a la máxima prevista, resultará de aplicación la que se desprenda de la citada modificación en los términos y plazos que correspondan.

Contratos y periodo de prueba

Se adecúa el nuevo Convenio a la regulación legal vigente de los contratos de trabajo de duración determinada: se adopta la denominación "contrato por circunstancias de la producción", para el que se amplía su duración máxima a los 12 meses. Se suprime el contrato de obra o servicio determinado y se actualizan las condiciones de los contratos de formación.

Se introduce la novedad de que el período de prueba se interrumpe también en casos de riesgo durante el embarazo, lactancia y violencia de género.

Trabajo a distancia y teletrabajo

La compensación económica por teletrabajo se incrementa a 41,57 € brutos mensuales en 2024, con revisiones para 2025 y 2026. Las empresas deberán informar a la RLPT sobre los puestos susceptibles de teletrabajo y considerar sus observaciones.

Nuevas tecnologías e inteligencia artificial

Las empresas deberán informar a la representación legal de las personas trabajadoras (RLPT) sobre la introducción de nuevas tecnologías y sistemas de IA, incluyendo los impactos en el empleo y las condiciones laborales. Se deberá garantizar que los sistemas de IA no generen prejuicios ni discriminaciones, y se prioriza el control humano.

Igualdad y no discriminación

Se introducen medidas para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, excluyendo la identidad sexual y expresión de género de los criterios de selección, promoción y clasificación profesional. Se prioriza la formación y la idoneidad para el puesto de trabajo, con especial atención a las personas trans.

Seguridad y salud en el trabajo

Se añaden medidas para evaluar y prevenir el estrés térmico y los riesgos relacionados con fenómenos meteorológicos adversos. Las empresas deben adaptar las condiciones de trabajo en caso de avisos de nivel naranja o rojo por la Agencia Estatal de Meteorología.

Licencias y reducción de jornada

Se actualiza a la normativa legal vigente la regulación de los permisos retribuidos por accidente, enfermedad grave y fallecimiento de familiares. La reducción de jornada se amplía a víctimas de violencia de género, sexual y terrorismo, permitiendo una reducción de hasta el 50% sin reducción salarial durante los primeros seis meses.

Protocolo de acoso y violencia

El protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de acoso se amplía para incluir la violencia contra personas LGTBI. Se garantiza la confidencialidad, protección de la intimidad y la indemnidad frente a represalias.

El detalle de estos cambios, junto a otras novedades, en el XXI Convenio General de la Industria Química pueden traducirse en nuevas exigencias o representar una oportunidad para las empresas, que incidirán en sus prácticas laborales y sus costes de personal.

Es fundamental para las empresas afectadas mantenerse informadas y adaptar sus políticas y procedimientos para cumplir con la nueva regulación convencional.

24 de febrero de 2025