Aprobadas medidas tributarias con el objetivo de reducir la carga fiscal de los residentes fiscales en la citada región
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SuscribirmeRecientemente se ha hecho pública la Ley de Presupuestos de la Región de Murcia para 2024 ("LPRM") en la que se incluyen una serie de medidas tributarias que pretenden reducir la carga fiscal de los residentes fiscales en la citada región, con efectos desde 1 de enero de 2024. Entre las medidas previstas destacan las siguientes:
Incremento del mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio
La LPRM para el ejercicio 2023 incluía una modificación relevante en la tributación del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) del ejercicio 2023 mediante el incremento del mínimo exento aplicable de 700.000 a 3.700.000 euros. De tal manera, los residentes fiscales en la Región de Murcia que venían contribuyendo por este Impuesto, por tener un patrimonio neto superior a 700.000 euros (cantidad fijada hasta 2022 como mínimo exento), no deben tributar en el IP en el ejercicio 2023 por los primeros 3.700.000 euros de valor de patrimonio neto. Esta novedad fue objeto de comentario en nuestro Post | Aprobada la Ley de Presupuestos de la Región de Murcia para 2023.
La LPRM para el ejercicio 2024 prorroga esta medida en relación con el devengo del IP que se produzca el 31 de diciembre de 2024.
Esta medida está en línea con el umbral a partir del cual resulta exigible el Impuesto estatal Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), el cual ha sido también prorrogado mediante el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía. El impuesto pervivirá en tanto no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en el contexto de la reforma del sistema de financiación autonómica.Para mayor información sobre la extensión del Impuesto sobre las grandes fortunas puede consultar nuestro Legal Flash | Novedades fiscales aprobadas a finales de 2023.
Extensión del alcance de determinados incentivos fiscales
En sede del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la LPRM ha ampliado el alcance de determinadas deducciones con efectos desde el 1 de enero de 2024, introduciendo modificaciones como (i) la elevación del límite de edad del contribuyente (de 35 años a 40 años) a los efectos de acceder al incentivo fiscal o (ii) el incremento de los límites cuantitativos referidos a las rentas percibidas por el contribuyente, entre otras. La LPRM también incluye otras medidas tributarias como una nueva deducción por gastos de enseñanza de idiomas o una deducción por gastos por acceso a internet, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
En sede del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), de la misma manera que en el IRPF, para hacer extensible el aprovechamiento de determinados tipos impositivos reducidos de este impuesto, la LPRM para 2024 (i) eleva el límite de edad del contribuyente e (ii) incrementa los límites referidos a las rentas percibidas por este, en los casos en que estos parámetros son tenidos en cuenta para la aplicación de los citados tipos impositivos reducidos. Dichas modificaciones también entran en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
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