El paquete normativo, que pretende la adaptación del IVA a la economía digital, ha sido finalmente aprobado por el Consejo el pasado 11 de marzo
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SuscribirmeLa propuesta de modificación normativa en materia de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) conocida como ViDA (“VAT in the Digital Age”), lanzada por la Comisión en diciembre de 2022 y que ha sido objeto de intenso debate en el seno de la UE, ha visto finalmente la luz con su aprobación por el Consejo el pasado 11 de marzo (nota de prensa: https://taxation-customs.ec.europa.eu/news/adoption-vat-digital-age-package-2025-03-11_en).
Como hemos venido informando en anteriores comunicaciones, el propósito de este paquete normativo, que modifica la Directiva de IVA (2006/112/CE), del Reglamento de Cooperación administrativa (EU 904/2010) y del Reglamento de Ejecución de la Directiva IVA (282/2011), pretende actualizar y adaptar el impuesto a la economía digital en tres ámbitos específicos:
- la digitalización en la gestión del impuesto (e-invoicing and digital reporting);
- medidas para la adaptación del impuesto a la economía de las plataformas (platform Economy);
- y el registro único de IVA (Single VAT registration).
En nuestro anterior Post | El ECOFIN del pasado 5 de noviembre da luz verde al proyecto ViDA (VAT in the Digital Age) se exponen con mayor detalle estas medidas con referencia a la entrada en vigor escalonada de las mismas.
El siguiente paso será la publicación de la normativa en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), momento a partir del cual se desplegarán de manera inmediata algunas de las medidas acordadas. Entre estas últimas medidas destaca la posibilidad para los Estados Miembros de introducir la factura electrónica de manera obligatoria (arts. 217, 218 y 232 de la Directiva IVA); cuestión relevante para la implementación de nuestra regulación nacional sobre la facturación electrónica obligatoria en operaciones entre empresarios y profesionales, derivada de la “Ley Crea y Crece”, actualmente en tramitación. Como comentamos en nuestro Post | La solución pública de facturación electrónica y el proyecto Veri*factu, con la modificación aprobada de estos artículos de la Directiva IVA, España no requerirá la solicitud de autorización a la Comisión en forma de derogación de la Directiva.
Además, entre las otras medidas aprobadas, se introducen también de forma inmediata determinadas mejoras en el sistema de ventanilla única en operaciones de importación (Import One Stop Shop, IOSS por sus siglas en inglés). En particular, se otorgan poderes a la Comisión para que asegure el correcto uso y el proceso de verificación de los números de identificación IOSS para evitar determinados abusos que habían sido detectados (art. 143.1ª de la Directiva de IVA), y se incluyen varias medidas en el Reglamento de Cooperación Administrativa, tendentes a incrementar las competencias de las autoridades aduaneras a la hora de acceder a la información sobre los operadores registrados en la ventanilla única de importación, así como a ampliar la información a suministrar en este régimen.
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