MINEM actualiza su TUPA y publica el Padrón Minero 2025

2025-01-20T17:15:00
Perú
Publican modificación del TUPA del Ministerio de Energía y Minas, así como la autorización para la publicación del Padrón Minero del año 2025. 
MINEM actualiza su TUPA y publica el Padrón Minero 2025
20 de enero de 2025

1. Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas (MINEM)


Mediante Resolución Ministerial No. 003-2025-MINEM/DM, el MINEM dispuso la eliminación de siete (7) procedimientos administrativos, dos (2) servicios prestados en exclusividad, diversos requisitos en cinco (5) procedimientos administrativos y la reducción del plazo para resolver el Recurso de Reconsideración en ochenta y nueve (89) procedimientos administrativos.

Las principales modificaciones al TUPA son las siguientes: 


1.1 Eliminación de Procedimientos Administrativos


1.1.1 En el sector hidrocarburos: 

  • Autorización para la construcción de la red para el abastecimiento de GNC (Gas Natural Comprimido) y/o GNL (Gas Natural Licuado) a varios puntos de suministro.
  • Autorización para la operación de la red para el abastecimiento de GNC y/o GNL a varios puntos de suministro.
  • Autorización del libro de registro de inspecciones.
  • Aprobación para la inscripción de subcontratistas petroleros en el registro público de hidrocarburos.
  • Calificación de venteo de gas natural como caso inevitable en caso de contingencia o emergencia.
  • Calificación de venteo operativo como inevitable.

1.1.2 En el sector minería: 

  • Autorización para construcciones de labores de acceso, ventilación y desagüe en concesiones mineras vecinas. 


1.2 Eliminación de requisitos para diversos procedimientos administrativos


N°.Normbre del procedimientoSectorRequisitos eliminados

1

Renuncia a la concesión temporal

Electricidad

  • Escrito de Justificación de Renuncia.
  • La solicitud se presentará con una anticipación no menor de 30 días calendario antes del vencimiento de la concesión temporal.

2

Otorgamiento de concesión de beneficio

Minería

  • Copia del Recibo de pago del derecho de vigencia correspondiente al primer año
  • Plano a escala que permita determinar la ubicación del proyecto, indicando las coordenadas UTM WGS84 de los vértices que encierran el mismo y que debe encontrarse dentro del terreno superficial del cual es titular o está autorizado para utilizar, y área georreferenciada del instrumento de gestión ambiental.
  • La resolución que otorga la licencia de uso de agua para fines mineros, expedida por la Autoridad Nacional del Agua.
  • Resolución que otorga la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, otorgada por la Autoridad Nacional del Agua. Cuando en el Instrumento de Gestión Ambiental se contemple la recirculación, reutilización o reúso para el mismo fin para el cual le fue otorgado el derecho de uso de agua, no se requerirá la presentación de la resolución de autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, ni de documento adicional alguno vinculado con la recirculación, reutilización o reúso.

3

Informe técnico minero de concesión de beneficio

Minería

Documento(s) que acredite(n) que el solicitante es propietario o que está autorizado por el (los) propietario(s) del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se realizará la actividad de beneficio. En caso se trate de terreno eriazo de dominio del Estado, deberá seguir el procedimiento correspondiente ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (adjuntar planos correspondientes).

4

Otorgamiento de concesión de labor general

Minería

Copia de la constancia de pago por concepto de derecho de vigencia. 

5

Autorización de las actividades de explotación (incluye aprobación de plan de minado y botaderos)

Minería

Información técnica de acuerdo a los parámetros establecidos en el Anexo I del Reglamento de Procedimientos Mineros.


1.3 Plazo para resolver recursos de reconsideración


El nuevo plazo dispuesto en el TUPA se ajusta a las modificaciones implementadas a la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley No. 27444), en virtud de la cual las autoridades administrativas (i.e. MINEM) disponen de un plazo de quince (15) días hábiles para resolver los recursos de reconsideración interpuestos por los administrados.


2. Publican Padrón Minero 2025 


Mediante Resolución de Presidencia No. 000005-2025-INGEMMET/PE, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET autorizó la publicación del Padrón Minero Nacional correspondiente al año 2025, con información del Sistema de Derechos Mineros y Catastro – SIDEMCAT, actualizada al 31 de diciembre de 2024, así como de los expedientes administrativos de concesiones mineras y derechos de vigencia. 



20 de enero de 2025