Ley para la Promoción y Desarrollo turístico nacional

2023-01-25T18:56:00
Perú

Ley 31672: Se modifica la Ley 27889 – Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo turístico nacional.

Ley para la Promoción y Desarrollo turístico nacional
25 de enero de 2023

El 18 de enero de 2023 se publicó la Ley 31672, la cual contiene modificatorias sobre la Ley para la Promoción y Desarrollo turístico nacional, norma que crea y regula el Impuesto para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional (el “Impuesto”).

El Impuesto grava la entrada al territorio nacional de personas físicas que empleen medios de transporte aéreo de tráfico internacional. La obligación tributaria -para fines de este Impuesto- nace al producirse la entrada efectiva al Perú.

El monto de este Impuesto asciende a USD15.00 (quince y 00/100 dólares), el cual será cobrado conjuntamente con el valor del pasaje aéreo internacional en el momento de la emisión del billete y será percibido por la empresas de transporte aéreo internacional, las cuales deben declararlo y abonarlo a la Administración Tributaria peruana (SUNAT). Esta cuantía no forma parte de la base imponible del IGV.

Mediante esta modificatoria, se amplía por diez años el plazo de aplicación establecido inicialmente en la Ley para la Promoción y Desarrollo turístico nacional, extendiendo hasta el 2032 la aplicación de la norma.

Finalmente, se modifica el artículo relativo a la conformación del Comité Especial encargador de proponer al Ministro de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.

25 de enero de 2023