Formulación y depósito de las Cuentas Anuales de los emisores de valores en formato electrónico único europeo

2020-05-26T09:02:00
España

El Colegio de Registradores, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y la CNMV emiten un comunicado conjunto sobre la nueva obligación de los emisores de valores de elaborar y presentar su informe financiero anual en formato electrónico único europeo.

Formulación y depósito de las Cuentas Anuales de los emisores de valores en formato electrónico único europeo
26 de mayo de 2020

El Colegio de Registradores, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y la CNMV emiten un comunicado conjunto sobre la nueva obligación de los emisores de valores de elaborar y presentar su informe financiero anual en formato electrónico único europeo.

De conformidad con la Directiva 2004/109/CE, de transparencia, de 15 de diciembre y el Reglamento Delegado (UE) 2018/815, de la Comisión, de 17 de diciembre de 2018, desde el ejercicio 2020 los emisores de valores admitidos a negociación en cualquier mercado regulado de la Unión Europea deberán elaborar y presentar su informe financiero anual de acuerdo con un formato electrónico único europeo (FEUE).

En este contexto, el Colegio de Registradores, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y la CNMV han emitido un comunicado conjunto para resolver algunas dudas prácticas en relación con el órgano competente de la elaboración y formulación del informe financiero anual, así como con el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

El comunicado aclara que, atendiendo a que dicho formato único es un elemento esencial e indisociable del propio contenido del informe financiero anual, en la medida en que, de conformidad con la Ley de Sociedades de Capital, la Ley del Mercado de Valores y demás normativa de desarrollo, son los miembros del órgano de administración los responsables de formular y publicar el informe financiero anual, corresponde al órgano de administración la formulación del estado financiero anual en formato FEUE y su correlativa responsabilidad, tanto por su contenido como por el formato en el que se presentan.

En relación con su depósito en el Registro Mercantil, dado que el informe financiero anual debe ser elaborado y formulado por los administradores en formato electrónico único, los emisores deberán depositar el informe anual en el Registro Mercantil en dicho formato electrónico, en vez de a través de una copia impresa en papel, siempre y cuando “no haya dificultades técnicas insalvables”. Asimismo, las firmas por parte de los administradores y auditores, deberían ser igualmente electrónicas.

No obstante lo anterior, si las cuentas anuales e informe de gestión se presentan para su depósito en soporte físico o se presentan electrónicamente pero no incluyen la firma electrónica de todos los administradores, se permitirá sustituir las firmas electrónicas de los administradores por un certificado del secretario con el visto bueno del presidente, en el que conste que los administradores han formulado en el formato electrónico único dichas cuentas anuales e informe de gestión, que forman parte del informe financiero anual, debiéndose asociar el certificado al archivo informático de las cuentas e informes de gestión por medio de un código inequívoco de identificación que vincule la certificación al documento digital para permitir su comprobación.

Finalmente, en relación con el auditor de cuentas se recomienda que este adapte su informe y emita el mismo también en formato electrónico.

26 de mayo de 2020