El Gobierno acuerda, de momento para este sector, una nueva vía que permitirá seguir suspendiendo contratos de trabajo o reduciendo jornada
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SuscribirmeEl Consejo de Ministros aprobó el 29 de marzo, y se ha publicado en el BOE de 1 de abril, el Acuerdo de Gobierno por el que se activa para las agencias de viaje y operadores turísticos el nuevo tipo de ERTE denominado Mecanismo RED en su modalidad sectorial.. La medida, si se solicita y es autorizada, permitirá temporalmente a las empresas de este sector, concretamente desde el 1 de abril al 31 de diciembre de 2022, seguir suspendiendo contratos de trabajo o reduciendo jornadas laborales de la plantilla y limitando así sus costes sociales.
Es la primera vez que se recurre a esta fórmula subvencionada de flexibilidad interna, que introdujo la última Reforma Laboral (ver Legal Flash). La medida solo ha sido activada para las empresas de este sector porque, según datos oficiales, el 24,3% del total sus plantillas siguen todavía en ERTE, mientras que, en el resto de ramas de actividad, ese dato se sitúa por debajo del 5%. Es ahora cuando el Gobierno ofrece esta posibilidad porque los ERTE COVID acaban el 31 de marzo de 2022.
El Real Decreto-Ley 4/2022 ha sido el paso previo. Además de anunciar la medida para estas empresas, esta norma constituyó el Fondo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, que le dota de financiación, y dio una solución transitoria a los ajustes de procedimiento necesarios para poder regular su tramitación.
El Mecanismo RED presenta ventajas frente al ERTE ordinario por causas empresariales (ETOP): mientras este último solo permite acceder a un 20% de exoneración en las cuotas de la Seguridad Social, el Mecanismo RED sectorial ofrece un 40% de exoneración (en ambos casos se condiciona a la realización de acciones formativas y al cumplimiento del correspondiente compromiso de mantenimiento del empleo, que empezará a computarse cuando finalice la medida). Pero especialmente resulta ventajoso el Mecanismo RED porque las personas trabajadoras afectadas por la medida van a poder acceder a una prestación de Seguridad Social específica, que no requiere período de cotización previo y no consume prestación por desempleo, lo que no sucede en el ERTE por causas empresariales.
Entre los requisitos de la modalidad sectorial del Mecanismo RED, la empresa deberá acompañar a su solicitud un plan de recualificación de las personas afectadas, que incorporará las acciones formativas a desarrollar durante la aplicación de la medida.
En definitiva, las empresas de este sector van a tener a su alcance otra medida más de flexibilidad interna, con algunas ventajas destacadas y una tramitación que requerirá mayor preparación, especialmente por la finalidad formativa que se le exige. Se trata de un procedimiento que seguramente pueda ser aplicado en el futuro en otros sectores.
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