CNMV deja sin efectos los criterios de Operativa Discrecional de Autocartera

2020-02-26T06:22:00
España

La CNMV ha decidido dejar sin efectos los Criterios de operativa discrecional de autocartera de las sociedades cotizadas por entender que no puede considerarse como un “puerto seguro” de conformidad con la normativa sobre abuso de mercado actualmente aplicable.

CNMV deja sin efectos los criterios de Operativa Discrecional de Autocartera
26 de febrero de 2020

La CNMV ha decidido dejar sin efectos los Criterios de operativa discrecional de autocartera de las sociedades cotizadas por entender que no puede considerarse como un “puerto seguro” de conformidad con la normativa sobre abuso de mercado actualmente aplicable.

El 13 de enero la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”) comunicó su decisión de considerar superados y dejar sin efectos los Criterios de operativa discrecional de autocartera de las sociedades cotizadas de 18 de julio de 2013, los cuales recogían un conjunto de directrices sobre las condiciones para operar con acciones propias con el objetivo de evitar o mitigar los eventuales riesgos de abuso de mercado que esta operativa puede generar.

La CNMV explica que los únicos “puertos seguros” para este tipo de operativa son o bien los programas de recompra o estabilización de acciones, regulados por el Reglamento UE 596/2014, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado, o bien los contratos de liquidez, previstos por la Circular 1/2017 de la CNMV (modificada con efectos desde el 10 de marzo del 2020 por la Circular 2/2019 de la CNMV). 

Según el supervisor español la operativa con acciones propias supone un riesgo intrínseco para la libre formación de precios en el mercado, lo que justificaría esta posición cautelosa. La CNMV considera que los inversores están en desventaja por cuanto carecen de las herramientas para valorar anticipadamente los riesgos de la misma, ante el desconocimiento de su objetivo, su importe o su periodo de ejecución.

Consecuentemente, cualquier operativa sobre acciones propias que se aparte de los citados “puertos seguros” estará sujeta a las facultades inspectoras de la CNMV para evaluar el cumplimiento de la prohibición de manipulación de mercado o uso de información privilegiada. 

26 de febrero de 2020