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SuscribirmeLas Directrices de la International Bar Association (“Directrices IBA”) son una herramienta crucial en el arbitraje internacional, utilizadas por árbitros, abogados, partes y centros de arbitraje para identificar posibles conflictos de intereses y cumplir con el deber de revelación. En sus ediciones de 2004, 2014 y 2024, reconocen que, si bien se trata de reglas que no prevalecen sobre la ley nacional aplicable ni sobre las reglas de arbitraje elegidas por las partes, buscan ayudar e ilustrar a las partes, árbitros, abogados, instituciones arbitrales, entre otros actores del procedimiento, en cuestiones de imparcialidad e independencia. La actualización de 2024 reafirma la importancia de estos principios para lograr arbitrajes transparentes y efectivos e incluye ajustes y aclaraciones tanto en las Normas Generales como en las Listas de Aplicación.
Modificaciones a las Normas Generales:
- La Norma General 1, que establece el principio de imparcialidad e independencia del árbitro, fue actualizada para aclarar que esta obligación no se extiende al periodo durante el cual el laudo puede ser impugnado. Además, si la controversia se somete al mismo tribunal arbitral tras una anulación, se requiere una nueva ronda de revelación y revisión de potenciales conflictos de intereses.
- La Norma General 2, que trata sobre los conflictos de intereses, refuerza el estándar objetivo que deben utilizar los árbitros para evaluar los hechos y circunstancias relevantes. Se aclara que un árbitro debe rechazar un nombramiento o renunciar si existe un conflicto de intereses objetivo, salvo que se renuncie a dicho conflicto. También se distingue entre las circunstancias de la Lista Roja Irrenunciable, en las que el árbitro debería rechazar el nombramiento o no continuar como árbitro, y la Lista Roja Renunciable, en las que la árbitra podría optar por hacer una revelación.
- La Norma General 3, que aborda las revelaciones del árbitro, incluye tres actualizaciones principales: (i) el árbitro debe considerar todos los hechos y circunstancias que estén en su conocimiento; (ii) si la revelación está protegida por el secreto profesional, el árbitro debe rechazar el nombramiento o renunciar; y (iii) la falta de revelación de ciertos hechos no implica necesariamente un conflicto de intereses o descalificación.
Modificaciones a las listas de aplicación:
- La Lista Roja, dividida en Renunciable e Irrenunciable, no sufrió adiciones ni eliminaciones de situaciones, pero se ajustaron los criterios de evaluación de las distintas situaciones existentes en consonancia con las actualizaciones a las Normas Generales.
- La Lista Naranja, por su parte, incorporó nuevas situaciones relacionadas con expertos y redes sociales, como la actuación del árbitro como experto de una de las partes en los últimos tres años, o la defensa pública de una postura sobre el caso a través de redes sociales.
- Finalmente, la Lista Verde contó con inclusiones relacionadas con los expertos: (i)"El árbitro, actuando como árbitro en otro asunto, escuchó el testimonio de un experto que aparece en el procedimiento actual" y (ii) cuando hubiere emitido opiniones legales, en artículos técnicos o impartiendo clases en calidad de docente, que afecten el caso en cuestión, pero siempre que no estuvieran efectivamente centradas en el caso concreto.
Estas actualizaciones buscan reflejar la evolución de las prácticas y asegurar la transparencia y la imparcialidad en los procedimientos arbitrales.
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